Una hermenéutica de la teoría del reconocimiento (anerkennung) en la mišpat social jobiana
DOI:
https://doi.org/10.56487/dl.v21i3.1065Palabras clave:
Reconocimiento − Justicia − Derechos sociales − Solidaridad − AmorResumen
La historia ha mostrado que la venda en los ojos en la imagen de la justicia —con el propósitode no discriminar a la hora de actuar— no ha funcionado, siendo sometida estamuchas veces a la voluntad de poderes corruptos. Honneth, en su teoría del reconocimiento,sostiene que el principio de la igualdad de derechos y deberes legales es el principioque debe regir todo ordenamiento jurídico-social. El fracaso de toda una generación deintelectuales que no supieron prevenir ni dar ideas para evitar la destrucción de una víaintermedia entre economía de mercado y planificación centralizada motiva al análisisteológico de la producción y reproducción de los derechos sociales y, por lo tanto, de laanerkennung honnethiana cuyos principios estaban presentes en la mišpāṭ jobiana.Descargas
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Fue encontrado solo un trabajo en teología que conecta en forma directa con la teoría del reconocimiento de Honneth. Dicho trabajo para obtener el título de grado en Teología fue realizado
por Daniel J. Obando Balseca, “Teología del reconocimiento: aportes desde la praxis evangélica
y la espiritualidad ignaciana” (tesis de licenciatura, Pontificia Universidad Javeriana, 2018).
En esta investigación se utiliza la versión Reina-Valera 19603 Axel Honneth, La lucha por el reconocimiento: por una gramática moral de los conflictos sociales
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Ver Axel Honneth, Patologías de la libertad (Buenos Aires, AR: Las Cuarenta, 2016).
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La tradición liberal de las décadas de 1970 y 1980 se enriqueció mucho cuando filósofos políticos como John Rawls construyeron complejas teorías de la justicia distributiva. El objetivo
fue relacionar el pensamiento liberal tradicional de la libertad individual con el igualitarismo
de la socialdemocracia y proponer nuevas concepciones de la justicia que pudieran justificar la
redistribución socioeconómica. Ver John Rawls, Teoría de la justicia, 1.ªed. (MéxicoDF: Fondo
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Nancy Fraser y Axel Honneth, ¿Redistribución o reconocimiento? Un debate político-filosófico
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Honneth pretende la superación del planteamiento de Hegel respecto a Kant y también superar los
planteamientos puramente formales de Habermas (Honneth, La lucha por el reconocimiento, 13).
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ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley
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Ver Víctor M. Espiter Villa, “La teoría del reconocimiento de Axel Honneth: un bosquejo moral de las formas de menosprecio social”, Cuadernos de Filosofía Latinoamericana 42, n.º 125
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“No hacer acepción de personas” es la traducción de la expresión literal bíblica: “No levantar
rostros y no recibir sobornos”, es decir, una justicia ciega que no hace excepciones. Ver Francis
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El Comentario bíblico adventista, en el análisis de Job 2,8, destaca que, sentado en medio de ceniza, utilizaba un trozo de alfarería roto para aliviar la comezón violenta y, probablemente, para
eliminar los desechos y costras de las erupciones cutáneas (Nichol, Comentario bíblico adventista
del séptimo día, 3:857).
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No es el objetivo de este trabajo desarrollar las variantes del liberalismo, pero en este párrafo se
destaca una de las características propias de lo que se conocerá con el correr del tiempo como
liberalismo duro o neoliberalismo, siendo uno de los principales representantes Friederich von
Hayek, con ciertas raíces en el darwinismo social del liberal Herbert Spencer (editor en 1848
de The Economist). Ver Scott A. Boykin, “Spencer and Hayek’s liberal evolutionism, and why it
should omit the Nation-State”, Journal of Libertarian Studies 24, n.º 2 (2020): 385-422.
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En cuanto al honor y dignidad, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el art. 11
sobre“Protección de la Honra y de la Dignidad”, destaca: “1.Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad. 2.Nadie puede ser objeto de ingerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia,
ni de ataques ilegales a su honra o reputación. 3.Toda persona tiene derecho a la protección de la
ley contra esas ingerencias o esos ataques”. Disponible en http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/2500029999/28152/ norma.htm (consultado el 27 de diciembre de 2021).
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