A hermeneutics of the theory of recognition (anerkennung) in Jobian social mišpat
DOI:
https://doi.org/10.56487/dl.v21i3.1065Keywords:
Recognition − Justice − Social rights − Solidarity − LoveAbstract
History has shown that the blindfold on the image of justice—with the purpose of notdiscriminating when acting—has not worked, often being subjected to the will of corruptpowers. Honneth, in his theory of recognition, maintains that the principle of equalityof legal rights and duties is the principle that should govern any legal-social order.The failure of a whole generation of intellectuals who did not know how to prevent or giveideas to avoid the destruction of a middle path between market economy and centralized planning motivates the theological analysis of the production and reproduction of socialrights and, therefore, of the honnethian anerkennung whose principles were present inthe jobian mišpāṭ.Downloads
References
Fue encontrado solo un trabajo en teología que conecta en forma directa con la teoría del reconocimiento de Honneth. Dicho trabajo para obtener el título de grado en Teología fue realizado
por Daniel J. Obando Balseca, “Teología del reconocimiento: aportes desde la praxis evangélica
y la espiritualidad ignaciana” (tesis de licenciatura, Pontificia Universidad Javeriana, 2018).
En esta investigación se utiliza la versión Reina-Valera 19603 Axel Honneth, La lucha por el reconocimiento: por una gramática moral de los conflictos sociales
(Barcelona, ES: Crítica, 1997).
Ver Benedikt Peters, El libro de Job: ¿por qué tienen que sufrir los justos? (Leonberg, DE: Editorial
Cristiana Dillenburg, 2006).
Ver Axel Honneth, Patologías de la libertad (Buenos Aires, AR: Las Cuarenta, 2016).
Axel Honneth, Reconocimiento y menosprecio: Sobre la fundamentación normativa de una teoría
social (Buenos Aires, AR: Katz Editores, 2010), 39-44.
Ver Gerardo Strada Saenz, “Estado y mercado”, en Introducción a la ciencia política, ed. por Julio
Pinto (Buenos Aires,AR: Eudeba, 2000), 177-209
La tradición liberal de las décadas de 1970 y 1980 se enriqueció mucho cuando filósofos políticos como John Rawls construyeron complejas teorías de la justicia distributiva. El objetivo
fue relacionar el pensamiento liberal tradicional de la libertad individual con el igualitarismo
de la socialdemocracia y proponer nuevas concepciones de la justicia que pudieran justificar la
redistribución socioeconómica. Ver John Rawls, Teoría de la justicia, 1.ªed. (MéxicoDF: Fondo
de Cultura Económica, 2012).
Nancy Fraser y Axel Honneth, ¿Redistribución o reconocimiento? Un debate político-filosófico
(Madrid, ES: Morata, 2006), 19.
Honneth pretende la superación del planteamiento de Hegel respecto a Kant y también superar los
planteamientos puramente formales de Habermas (Honneth, La lucha por el reconocimiento, 13).
Georg H. Mead, Espíritu, persona y sociedad: desde el punto de vista del conductismo social (Barcelona, ES: Paidós, 1973), 141.
Ibíd., 178.
Ibíd., 211.
Peter Berger y Thomas Luckmann, La construcción social de la realidad, 16.ª reimp. (Buenos
Aires, AR: Amorrortu editores, 1999), 46-52, 83, 84.
Axel Honneth, “Entre Aristóteles y Kant: esbozo de una moral del reconocimiento”, Logos: Anales del Seminario de Metafísica, n.º 1 (1998): 27.
Honneth, Reconocimiento y menosprecio, 30.
Felipe H. Tello Navarro, “Las esferas de reconocimiento en la teoría de Axel Honneth”, Revista
de Sociología, n.º 26 (2011): 47
Benno Herzog y Francesc J. Hernández, “Introducción”, en Honneth, Patologías de la libertad, 18.
Honneth, La lucha por el reconocimiento, 161.
Ibíd., 161, 162.
Ibíd., 163.
Naciones Unidas, “La declaración universal de los derechos humanos”, art. 12: “Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia,
ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley
contra tales injerencias o ataques”. Disponible en https://www.un.org/es/about-us/universaldeclaration-of-human-rights (consultado el 27 de diciembre de 2021).
Ver Víctor M. Espiter Villa, “La teoría del reconocimiento de Axel Honneth: un bosquejo moral de las formas de menosprecio social”, Cuadernos de Filosofía Latinoamericana 42, n.º 125
(2021): 14-16.
“No hacer acepción de personas” es la traducción de la expresión literal bíblica: “No levantar
rostros y no recibir sobornos”, es decir, una justicia ciega que no hace excepciones. Ver Francis
D. Nichol, ed., Comentario bíblico adventista del séptimo día, 7 vols. (Buenos Aires, AR: ACES,
, 1:1001.
Celestino Ayala Martínez, “Análisis retórico del libro de Job” (tesis de maestría, Universidad
Nacional de Colombia, 2014), 22
Alfonso Lockward, ed., Nuevo diccionario de la Biblia (Miami, FL: Editorial Unilit, 1999), ver
“Job, Libro de”.
Ibíd.
Eduardo Arens Kuckelkorn, “Job, o la teología desde la dignidad humana: anotaciones imprescindibles”, Theologica Xaveriana 60, n.º 170 (2010): 371-394.
Bob Utley, Libro de Job: Serie comentarios guía de estudio Antiguo Testamento, vol. 9 (Marshal,
TX: s.e., 2014), 9.
L. Alonso Schökel y José L. Sicre Díaz, Job: Comentario teológico y literario (Madrid, ES: Ediciones Cristiandad, 2002), 515.
Honneth, La lucha por el reconocimiento, 161.
El Comentario bíblico adventista, en el análisis de Job 2,8, destaca que, sentado en medio de ceniza, utilizaba un trozo de alfarería roto para aliviar la comezón violenta y, probablemente, para
eliminar los desechos y costras de las erupciones cutáneas (Nichol, Comentario bíblico adventista
del séptimo día, 3:857).
Kuckelkorn, “Job, o la teología desde la dignidad humana”, 380
No es el objetivo de este trabajo desarrollar las variantes del liberalismo, pero en este párrafo se
destaca una de las características propias de lo que se conocerá con el correr del tiempo como
liberalismo duro o neoliberalismo, siendo uno de los principales representantes Friederich von
Hayek, con ciertas raíces en el darwinismo social del liberal Herbert Spencer (editor en 1848
de The Economist). Ver Scott A. Boykin, “Spencer and Hayek’s liberal evolutionism, and why it
should omit the Nation-State”, Journal of Libertarian Studies 24, n.º 2 (2020): 385-422.
Honneth, La lucha por el reconocimiento, 163.
Jerome H. Neyrey, Honor y vergüenza en el Evangelio de Mateo (Louisville, KY: Westminster
Press, 1998), 5.
En cuanto al honor y dignidad, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el art. 11
sobre“Protección de la Honra y de la Dignidad”, destaca: “1.Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad. 2.Nadie puede ser objeto de ingerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia,
ni de ataques ilegales a su honra o reputación. 3.Toda persona tiene derecho a la protección de la
ley contra esas ingerencias o esos ataques”. Disponible en http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/2500029999/28152/ norma.htm (consultado el 27 de diciembre de 2021).
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